El lanzamiento contó con la participación de los convencionales constituyentes Manuela Royo, Fernando Salinas y Francisco Caamaño quienes conversaron tras las exposiciones de Paz Araya (RedPE) y Sara Larraín (Chile Sustentable). El evento fue moderado por Gloria Lillo de la Fundación Heinrich Böll y Anahí Urquiza de la Red de Pobreza Energética.
Con el objetivo de contribuir en el proceso constituyente que vive Chile, equipos de trabajo de la Red de Pobreza Energética y Fundación Chile Sustentable han estudiado colaborativamente, revisado casos, indicadores y realidades locales e internacionales para presentar una propuesta en materia de energía. Según las revisiones realizadas por las y los investigadores, la energía y las fuentes de energía como bienes públicos, aparece consignada en los marcos constitucionales de muchos países como bienes nacionales estratégicos bajo titularidad del Estado, (soberanía del Estado).
Al respecto existe escasa referencia a la titularidad ciudadana de este bien público, salvo el derecho de acceso a servicios energéticos a ser provistos por el Estado (asociados a dignidad, bienestar y desarrollo); y en pocos casos en referencia al derecho a la información sobre el estado de los recursos naturales, la participación ciudadana en las decisiones, el bienestar de las generaciones futuras y la adaptación al cambio climático. En este contexto y como aporte a la Convención Constitucional en su proceso de formulación de una nueva Constitución, Chile Sustentable y la Red de Pobreza Energética han elaborado propuestas de texto constitucional sobre la energía como derecho humano y como bien público, con su fundamento jurídico en la legislación internacional ratificada por Chile, y en la jurisprudencia internacional.
Los antecedentes y propuestas se encuentran consignados en la Ficha Constituyente “Energía: Derecho Humano y Bien Público”. Este documento fue presentado en un evento online que contó con la participación de los convencionales constituyentes Manuela Royo(D23), Fernando Salinas(D18) y Francisco Caamaño(D14).
“En el contexto de la crisis climática, debemos preguntarnos cómo generamos un marco normativo adecuado para que esté en equilibrio con la naturaleza y además, con enfoque de género, porque precisamente somos las mujeres que tenemos los roles de cuidados, y en el caso de mi distrito, con lugares con alta contaminación como Temuco, Padre Las Casas, debemos proteger a quienes están literalmente echando la leña al fuego y recibiendo esa contaminación. Creo que desde los “eco-constituyentes” podemos concebir que la energía sea considerada un bien público pero también debe ir de la mano de una planificación que sea participativa, ecosocio-técnica y descentralizada, y ahí sería interesante pensar en un modelo de economía solidaria, con cooperativas territoriales amparadas por la nueva constitución” puntualizó la abogada Manuela Royo.
La Ficha contempla antecedentes internacionales; debates sobre el bien público, derechos humanos y propiedad pública; desarrollo de conceptos como soberanía energética, crisis climática, demandas en equidad territorial; y propuestas de textos para la redacción de la nueva Carta Magna.
Fernando Salinas, junto con los otros panelistas invitados, agradecieron este aporte al proceso constituyente destacando la relevancia de textos documentados y desarrollados por organizaciones multidisciplinarias. Además agregó “necesitamos abordar el tema de la energía en todas sus dimensiones. Yo creo que el principal escollo actualmente es la estructura de la propiedad y cómo abordamos la distribución energética para que el interés de las corporaciones no sea lo más importante. Tenemos que tener una perspectiva eco-sistémica, movermos rápido a las ERNC y tenemos que hacer que el Estado garantice la particiación territorial” puntualizó.
En el documento presentado se propone:
“La Constitución asegura a todas las personas el derecho al acceso económico y físico a energía limpia y segura, para la protección de la salud, la conservación y preparación de alimentos, la higiene y el confort térmico, el acceso a la educación, y la inclusión social, entre otros. El derecho a la energía es un derecho esencial y condición necesaria para el ejercicio de los demás derechos y garantías fundamentales. El Estado deberá garantizar el acceso equitativo y no discriminatorio a energía segura y no contaminante a la población para satisfacer las actividades domésticas y de subsistencia. El legislador deberá asegurar la provisión y asequibilidad de servicios energéticos seguros, limpios y de alta calidad a toda la población.”
La Ficha Constituyente “Energía: Derecho Humano y Bien Público” se encuentra disponible AQUÍ
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