Aprobado el 14 de mayo de 2022 por el Pleno de la Convención Constituyente en el informe que presentó la Comisión de Medio Ambiente, la norma recoge los principales planteamientos realizados por miembros de la Red de Pobreza Energética y otras organizaciones respecto de garantizar un acceso equitativo, seguro y con una matriz descentralizada y de bajo impacto ambiental.”
Por REDPE
Con un amplio respaldo, el Pleno de la Convención Constituyente aprobó la inclusión en el borrador de la nueva Constitución una norma histórica que busca consagrar el “derecho a un mínimo vital de energía asequible y segura”, durante la última jornada de votaciones de norma, el 14 de mayo pasado. La disposición fue incluida en la propuesta de informe final realizada por la Comisión de Medio Ambiente al cierre de las jornadas de trabajo del Pleno.
Así, el artículo que se votó en incisos separados contó con un amplio apoyo de los convencionales de diferentes sectores políticos, alcanzando 114 votos a favor en su primer inciso, y cero votos en contra. Finalmente, el borrador de la Nueva Constitución consagra en el punto 323 “el derecho a un mínimo vital de energía asequible y segura” estableciendo que es “deber del Estado garantizar el acceso equitativo y no discriminatorio” de todas las personas para que puedan satisfacer sus necesidades y velar por “la continuidad de los servicios energéticos”.
Por otra parte, la norma releva la importancia de que el Estado fomente en la matriz energética “renovable y de bajo impacto ambiental”, que cumpla con las características de distribución, descentralización y diversificación, haciendo explícito que la “infraestructura energética es de interés público”. Finalmente, el artículo entrega al Estado el deber de fomentar y proteger a “las empresas cooperativas de energía y el autoconsumo” (Ver recuadro).
La norma sobre energía en el borrador de la Nueva Constitución
323.- Artículo 21.- Toda persona tiene derecho a un mínimo vital de energía asequible y segura.
Es deber del Estado garantizar el acceso equitativo y no discriminatorio a la energía que permita a las personas satisfacer sus necesidades, velando por la continuidad de los servicios energéticos.
El Estado deberá regular y fomentar una matriz energética distribuida, descentralizada y diversificada, basada en energías renovables y de bajo impacto ambiental.
La infraestructura energética es de interés público.
El Estado fomentará y protegerá las empresas cooperativas de energía y el autoconsumo.
Es deber del Estado garantizar el acceso equitativo y no discriminatorio a la energía que permita a las personas satisfacer sus necesidades, velando por la continuidad de los servicios energéticos.
El Estado deberá regular y fomentar una matriz energética distribuida, descentralizada y diversificada, basada en energías renovables y de bajo impacto ambiental.
La infraestructura energética es de interés público.
El Estado fomentará y protegerá las empresas cooperativas de energía y el autoconsumo.